martes, 14 de octubre de 2008

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA

  1. La agresión física contra cualquier miembro del grupo.
  2. Las injurias y ofensas contra cualquier miembro del grupo.
  3. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros del grupo.
  4. Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro del grupo.
  5. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro del grupo.
  6. El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales, o en las pertenencias de los demás miembros del grupo, así como la sustracción de las mismas.
  7. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia.
  8. Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del grupo.
  9. El incumplimiento de las correcciones impuestas.
CORRECCIONES:

  • Expulsión del entrenamiento.
  • Expulsión del equipo.
  • Sustitución inmediata en un partido.

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